Dos solicitantes lograron eliminar convicciones de sus Certificados de Antecedentes Penales, pero el Negociado de la Policía revocó o denegó sus licencias al aparecer aún las convicciones en el Sistema de Información de Justicia Criminal (SIJC‑PR). El Tribunal Supremo resolvió que la eliminación en el certificado no crea elegibilidad automática: la Ley de Armas exige que el Negociado evalúe registros oficiales y otros factores, y puede denegar licencias si encuentra condenas o elementos descalificadores. En el caso particular de J.H.V., la presencia de un acto violento y una orden de protección justificaban la negativa de la licencia.
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