Acceso a la Informacion Pública

En virtud de lo dispuesto en el Artículo 5 de la Ley Núm. 141-2019, según enmendada, toda entidad gubernamental está obligada a designar y certificar Oficiales de Información Pública, quienes serán responsables de recibir, tramitar y facilitar el acceso a la información pública conforme a los parámetros establecidos por la ley y la jurisprudencia aplicable.

Los Oficiales de Información constituyen el punto de contacto oficial para la recepción de solicitudes de acceso a documentos e información pública, y tienen la obligación de asistir al solicitante en el proceso.

De conformidad con la Ley 141-2019, se publica la siguiente información relativa a los Oficiales de Información Pública designados por la OIG:

1. Lcdo. Emanuel Laboy López, emanuel.laboy@oig.pr.gov
2. Lcdo.Orlando Colón Soto, orlando.colon@oig.pr.gov
3. Lcda. Kathy Martínez del Valle, kathy.martinez@oig.pr.gov


La información de contacto de los Oficiales de Información Pública se mantiene actualizada y disponible en cumplimiento con el deber de divulgación proactiva y accesibilidad establecido en la Ley 141-2019.

Toda solicitud de acceso a información pública deberá ser canalizada a través de los Oficiales de Información, quienes actuarán conforme a los procedimientos y términos dispuestos en la ley. Los informes mensuales sobre las solicitudes recibidas y el estatus de estas serán publicados en esta página, conforme a lo dispuesto en el Artículo 5 de la Ley 141-2019.

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